A partir del 1 de julio de 2019 queda liberalizada la actividad profesional en las titulaciones deportivas, otorgando una serie de atribuciones a las mismas, para el desarrollo de una actividad laboral.
El decreto por el que se otorgan estas atribuciones a PER , Patrones y Capitanes de yate, ha sido publicado en el BOE del 1 de mayo de 2019.
La entrada en vigor a partir del 1 de julio, les otorgara las siguientes facultades.:
-Realizar traslados y maniobras de embarcaciones, siempre que no se realicen las navegaciones a mas de 5 millas de la costa.
-Transporte de suministros a otras embarcaciones de recreo.
-Pruebas de mar para embarcaciones de recreo y motos de agua, así como gobierno de embarcaciones destinadas a socorrismo en las playas.
Los patrones y capitanes de yate, podrán patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros para la realización de excursiones marítimas y la práctica de pesca de recreo.
Los requisitos para obtener dichas habilitaciones son los siguientes:
- Práctica de habilitación a vela.
- Práctica de ampliación a 24 metros y navegación península Baleares.
- Certificado profesional de formación básica en seguridad.
Los patrones de yate y capitanes de yate, que quieran trabajar, deberán hacerlo en barcos de lista sexta y nunca con un número superior a 6 pasajeros y 5 millas de la costa.
En www.academianauticalanzarote.com estamos reforzando los cursos y prácticas habilitantes, asi como en www.formacionmaritimalanzarote.com los cursos de formación básica en seguridad.
Información en CC Nautical 28, Costa Teguise, Lanzarote. Telf 928590441, 679410698. Academia Náutica Lanzarote.
Información en C/ Gobernador García Hernández, local 2 , Arrecife. Telf 928 807057, y 670290818. Academia Náutica Bitácora
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